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Modificación de medidas: qué es, cuándo pedirla y cómo se tramita con o sin acuerdo amistoso

Si has pasado por un divorcio, es posible que en algún momento quieras pedir una modificación de medidas, o sea tu ex quien pretenda solicitarla.

La vida después de un divorcio y el paso de los años puede cambiar y obligar a cualquiera de las partes a tener que replantear los acuerdos alcanzados en su momento.

Cambios económicos, laborales, el crecimiento de los hijos, traslados de domicilio, nuevo matrimonio… todo ello puede hacer que las medidas acordadas en su día deban actualizarse o modificarse.

El proceso puede ser más o menos sencillo dependiendo de si se hace de mutuo acuerdo o en vía contenciosa.

Tanto si eres tú quien decide pedir la modificación de medidas como si es tu ex cónyuge, tienes que saber muy bien lo que implica y cómo te van a afectar los cambios.

Si es tu caso y estás pensando en solicitar una modificación de medidas, en Fernando Fuertes Abogados podemos ayudarte como expertos en Derecho de Familia.

modificacion de medidas divorcio

La modificación de medidas es un proceso judicial que se plantea para cambiar las decisiones que ambos cónyuges acordaron en el momento de su separación o divorcio, o que acordó el Juez.

El motivo para pedir la modificación es que se han producido una serie de circunstancias que han cambiado la situación que existía antes, lo que conlleva solicitar ese cambio para que las nuevas medidas se adapten al nuevo escenario.

Es importante justificar por qué han de producirse estos cambios, y tener en cuenta que las nuevas medidas no pueden repercutir negativamente en los hijos menores.

Cuándo se puede pedir la modificación de medidas: requisitos

No basta cualquier cambio sobrevenido para que pueda pedirse una modificación de medidas, cuya justificación legal se encuentra en el artículo 90.3 del Código Civil.

Es importante hacer una comparativa entre la situación anterior y la nueva, para valorar si efectivamente pueden solicitarse y está justificado.

Los requisitos que se exigen para poder pedirlas son:

➡️ Que se haya producido un cambio en el conjunto de circunstancias que existían cuando en su día se adoptaron las medidas en vigor.

➡️ Los cambios tienen que ser importantes y de relevancia, y quien los alegue debe demostrarlos con pruebas económicas o personales.

➡️ Las variaciones que motivan el cambio deben ser posteriores a la sentencia de divorcio.

➡️ Los cambios no pueden ser eventuales o transitorios o fruto de un momento puntual, sino que deben tener la entidad suficiente como para mantenerse en el tiempo

No vale, pues, que las pidas basándote en criterios subjetivos, sino que tienen que existir verdaderas razones de peso que justifiquen la solicitud de modificación de medidas.

Los casos más habituales que provocan una modificación de medidas

Los cambios que pueden provocar la solicitud de una modificación de medidas pueden afectar a los progenitores o a los hijos.

En el caso de los padres, los argumentos más habituales son:

Nuevo matrimonio o nuevos hijos, que conlleven gastos adicionales que obliguen al progenitor a revisar cómo distribuir sus ingresos.

Variación en las circunstancias económicas (normalmente, disminución de ingresos o pérdida de empleo) que por ejemplo dificulten o hagan inviable el pago de la pensión de alimentos.

Cambios laborales o traslados de domicilio: un cambio de ciudad o país obligaría, por ejemplo, a modificar el régimen de visitas.

En el caso de los hijos menores, los cambios más habituales suelen ser alcanzar la mayoría de edad, comenzar a trabajar o independizarse, o incluso por su propia voluntad.

¿Qué suele pedirse en una modificación de medidas?

➡️ Cambios en la guarda y custodia de los hijos, por ejemplo, cuando uno de los progenitores quiere solicitar la custodia compartida.

➡️ Modificación en el régimen de visitas: puede ser ampliarlo, o cambiarlo por una mudanza o traslado de residencia a otro país por motivos laborales.

➡️ Cambios en la pensión de alimentos de los hijos o en la pensión compensatoria.

Lo habitual es que se pida a la baja, es decir, solicitar pagar menos por alteraciones económicas que impiden al progenitor que la paga hacer frente a los pagos, o incluso pedir dejar de pagar la pensión.

➡️ Modificación en la atribución del uso de la vivienda familiar, que suele darse cuando se cambia la custodia de los hijos menores.

Cómo se tramita un procedimiento de modificación de medidas?

Como en cualquier proceso judicial, el que ambos progenitores se entiendan y sean capaces de llegar a un acuerdo para la modificación de medidas facilita mucho los trámites y ahorra tiempo y disgustos.

La ayuda de un abogado de familia en estos casos es primordial, no solo para mediar entre ambos y tratar de conseguir un acuerdo amistoso, sino también para ayudar y asesorar con todos los trámites judiciales, y defender los intereses de una de las partes o las dos.

Modificación de medidas de mutuo acuerdo

Promover la modificación de medidas de mutuo acuerdo es un procedimiento mucho más sencillo que además ahorra tiempo y costes a ambos progenitores, y a nivel emocional es mucho más llevadero y fácil.

Es necesario contar con un abogado experto en familia y un procurador, que pueden compartirse si el proceso se tramita de mutuo acuerdo.

En caso de estar conformes, ambas partes firman un Convenio Regulador de modificación de medidas, que habrá elaborado previamente el abogado de familia que ambas partes hayan elegido, si tienen el mismo.

Una vez firmado que ambas partes están de acuerdo y firman el Convenio Regulador, el abogado va a presentar una demanda de modificación de medidas de mutuo acuerdo en el partido judicial que corresponda al domicilio del matrimonio o bien en el del domicilio de cualquiera de las partes.

Una vez presentada la demanda, las partes tendrán que acudir a ratificarlo al Juzgado.

El Ministerio Fiscal revisará el nuevo Convenio y las medidas acordadas para comprobar que no perjudican los intereses de los hijos menores de edad.

Una vez que el Fiscal da su visto bueno el Juez dicta sentencia homologando el acuerdo, que va a modificar los términos del acuerdo aprobado en la sentencia inicial de divorcio.

Modificación de medidas en vía contenciosa

Cuando las partes no se ponen de acuerdo, o una de ellas no está conforme con la modificación que plantea la otra, es necesario acudir a un procedimiento contencioso.

El proceso se inicia mediante demanda que interpone la parte que quiere modificar las medidas.

De la demanda se dará traslado a la otra parte, que tiene 20 días para contestar, y al Ministerio Fiscal si hay hijos menores.

Una vez contestada la demanda, el Juez cita a ambas partes a juicio, donde va a intentar que ambas partes consigan el acuerdo.

Si no es posible, se practicará la prueba correspondiente, y la vista se celebra con las partes y sus abogados y procuradores respectivos.

Es fundamental que, en este proceso, siempre estés asesorado por un abogado de familia, que te ayudará indicándote qué pruebas necesitas para la vista y defenderá tus intereses en el juicio.

Cada parte presenta las pruebas en apoyo de sus pretensiones, como pueden ser informes periciales, documentos económicos (nóminas, IRPF…) y cualquier otro que demuestre la procedencia de la modificación de medidas solicitada.

Una vez celebrada la vista y practicadas las pruebas, el Juez dicta sentencia indicando si procede o no la modificación de medidas solicitada.

¿En qué momento empieza a aplicarse la modificación de medidas?

Las sentencias que dicta un Juez sobre modificación de medidas tienen efecto a partir del momento en que se dictan, es decir, no tienen efecto retroactivo.

No ocurre lo mismo en el proceso inicial de divorcio o separación, donde, por ejemplo, el pago de la pensión de alimentos tendría efectos retroactivos desde que se interpone la demanda.

Aquí, sin embargo, si la sentencia de modificación de medidas indica, por ejemplo, una reducción de la pensión de alimentos, se aplicaría desde que se emite dicha sentencia, no desde que se interpone la demanda.

El papel del abogado de familia en un proceso de modificación de medidas

En cualquier procedimiento de familia, el papel del abogado para asesorar y ayudar a los progenitores es necesario e imprescindible.

Primero, no te sirve cualquier abogado, sino que debes elegir siempre a un experto en Derecho de Familia.

Segundo, nuestra función como abogados de familia va mucho más allá de la redacción de un nuevo Convenio regulador.

Como personas externas al litigio, servimos de soporte y ayuda para mediar entre ambos progenitores y tratar de llegar, siempre que sea posible, a un acuerdo amistoso.

En un proceso tan delicado como una separación o divorcio, y más cuando hay hijos menores, es fundamental tratar de hacer un esfuerzo por entenderse, evitando disgustos y ahorrando tiempo y gastos.

En ocasiones no será posible, y el abogado debe velar por los intereses de su cliente pensando en su tranquilidad y sin dejar de tener en cuenta el bienestar de los hijos menores.

Como abogado de familia desde hace más de 20 años, sé que es complicado en muchas ocasiones mantener la calma en estos procesos, y lo importante de mediar en el conflicto con cercanía y experiencia.

 

Sea cual sea el proceso de familia por el que estés pasando, y aunque inicialmente lo veas complicado y difícil, puedo ayudarte a recuperar tu tranquilidad.

Contacta con Fernando Fuertes Abogados y habla conmigo en una consulta gratuita y sin compromiso. Tu Abogado de Derecho de Familia.

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