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Uso de la vivienda familiar en caso de divorcio: a quién le corresponde y cómo afecta a los hijos

El uso de la vivienda familiar en caso de divorcio es uno de los temas más discutidos por muchas parejas cuando toman la decisión de poner fin a su matrimonio.

El divorcio tiene consecuencias económicas para ambos cónyuges, y no siempre es fácil de gestionar: uno de los dos tiene que abandonar la vivienda familiar y ello supone un gasto añadido para quien tiene que asumirlo.

La situación es diferente según hay o no hijos del matrimonio, y son muchas las dudas que suelen surgir sobre este tema:

¿Qué ocurre si la vivienda es de uno de los cónyuges?

¿Cómo se gestiona este uso si una nueva pareja entra a vivir con el cónyuge que la disfrutaba?

¿Qué se hace cuando la vivienda familiar pertenece a una tercera persona?

¿Qué opciones hay si ambos cónyuges quieren disfrutar del uso de la vivienda familiar?

 

Para resolver tus dudas sobre estas y otras cuestiones que se plantean en caso de que quieras divorciarte tienes que asesorarte bien con un abogado especialista en Derecho de Familia.

Si te encuentras en esta situación y quieres resolver tu divorcio de la mejor forma posible, en Fernando Fuertes Abogados podemos ayudarte.

uso de la vivienda familiar en caso de divorcio

La vivienda familiar en un divorcio es uno de los principales conflictos que surgen cuando te enfrentas a una separación o divorcio.

Cuando se habla de vivienda familiar nos referimos a aquella donde ha vivido la unidad familiar hasta el momento de la ruptura.

Hablamos de una residencia habitual, donde ha vivido la familia de forma permanente desde el matrimonio.

Es importante tener en cuenta que lo que se discute en el divorcio no es la propiedad de la vivienda, que es de su titular legítimo, sino su uso una vez se produce la disolución del matrimonio.

El artículo 96 del Código Civil, regula cómo se atribuye el uso de la vivienda familiar en los supuestos de nulidad matrimonial, separación o divorcio, y también sirve para las parejas de hecho.

Qué tipos de vivienda familiar puede haber

Cada familia es un mundo, y por eso pueden darse muchas situaciones diferentes a tener en cuenta al hablar de vivienda familiar:

La casa es de los dos progenitores

Puede que se haya adquirido antes del matrimonio o después y forme parte de la sociedad de gananciales.

En este caso pueden darse dos opciones:

  • Que el uso de la vivienda familiar se establezca por periodos alternos, en cuyo caso los hijos del matrimonio siempre van a permanecer en ella.
  • Que el uso de la vivienda familiar se atribuya solo a uno de los progenitores, que normalmente es quien se encuentre en peor situación económica. En este caso el otro progenitor debe tener una vivienda digna para convivir con sus hijos cuando le corresponda.


Los gastos corrientes de la vivienda, como el agua o la luz, serían abonados por el cónyuge que va a vivir en ella.

En cuanto a los gastos de la propiedad como el IBI, el seguro de la casa o la Comunidad de Propietarios deben pagarse a la mitad por ambos progenitores, salvo que ambas partes acuerden otra cosa.

La casa es de uno solo de los progenitores

En este supuesto puede haber dos opciones:

  • Que el uso de la vivienda se atribuya en exclusiva al progenitor que no es propietario de la casa, que suele ocurrir si es la parte con peor situación económica y no puede sufragar otra vivienda adecuada o digna.
  • Que se le atribuya al progenitor que es el propietario de la casa, siempre que la otra parte pueda pagar un domicilio digno para vivir.

Si eres el cónyuge propietario y quieres vender la vivienda en un momento dado, necesitas el consentimiento del cónyuge a quien se le ha atribuido su uso, y en su defecto, una autorización judicial para hacerlo.

La casa es propiedad de una tercera persona

Es el caso típico de vivienda familiar que es propiedad de los padres de uno de los progenitores, que en su momento la cedieron voluntariamente al matrimonio.

En este supuesto hay varias opciones, porque el Juez puede conceder el uso de la casa a uno solo de los progenitores, incluso al que no es familiar de los propietarios de la vivienda.

Si por cualquier circunstancia los padres quisieran recuperar esa vivienda tras el divorcio del hijo al que en su día la prestaron para su uso, tendrían que interponer el denominado “desahucio por precario”.

La casa donde vive la unidad familiar es de alquiler

En este caso todo depende de lo que se indique en el Convenio Regulador firmado por ambos cónyuges o en la sentencia de divorcio, porque cualquiera de los progenitores podría vivir en ella.

Es necesario, no obstante, comunicarlo al arrendador del inmueble para tener su autorización, para lo que hay un plazo de dos meses desde la notificación de la sentencia de divorcio.

Factores a tener en cuenta en el uso de la vivienda familiar en caso de divorcio

La atribución del uso de la vivienda familiar cuando hay una separación o divorcio tiene en cuenta un factor muy importante: si hay hijos menores en el matrimonio.

Los hijos menores siempre van a estar protegidos por Ley, por lo que el Juez va a valorar por encima de todo el interés de los hijos, que son los que más protección necesitan.

Cuando no hay hijos en el matrimonio

En la mayoría de los casos, las parejas sin hijos que deciden poner punto final a su matrimonio suelen llegar a un acuerdo para decidir sobre el uso de la vivienda familiar:

Si la casa es de los dos, uno de los cónyuges puede quedarse con la vivienda abonando al otro el importe de su mitad.

Otra opción es poner la propiedad a la venta de común acuerdo y repartir el precio de la venta.

Si la vivienda es de uno de los cónyuges, lo habitual cuando no hay hijos es que abandone la misma el cónyuge no propietario, aunque las partes pueden acordar otra cosa en el Convenio Regulador, o el Juez si no se ponen de acuerdo.

Cada caso es diferente, por eso es muy importante asesorarse con un abogado especialista en Derecho de Familia, incluso cuando ambas partes se llevan bien.

Cuando hay hijos en el matrimonio

Cuando hay hijos lo ideal es que los progenitores intenten, por su bien y seguridad, protegerlos llegando a un acuerdo, que puede formalizarse en el Convenio Regulador.

Si no es posible el acuerdo, será el Juez quien decida, teniendo en cuenta que, por encima de todo, tomará las medidas que más les favorezcan y que mejor protejan sus intereses.

¿Qué suele hacerse?

Normalmente se queda con el uso de la vivienda familiar en caso de divorcio el progenitor que va a tener la guardia y custodia de los hijos menores, incluso si la casa es propiedad exclusiva del otro progenitor.

Si no hay acuerdo entre el padre y la madre intervendrá el Juez para decidir quién va a quedarse con el uso de la vivienda familiar y los objetos que hay en ella de uso ordinario.

Cuando uno de los progenitores se queda con la custodia exclusiva de los hijos menores, y salvo que acuerden ambos otra cosa, el artículo 96 del Código Civil indica que se le atribuye el uso de la vivienda familiar hasta que los menores sean mayores de edad.

Si los cónyuges deciden una “custodia partida” (los hijos se dividen entre ambos) será el Juez quien decida quién debe usar la vivienda familiar, salvo que ambos lleguen a un acuerdo para ello.

En el caso de la custodia compartida, si no hay acuerdo entre los cónyuges también es el Juez quien decide, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso concreto, ya que el Código Civil no establece nada al respecto.

El Juez tendrá en cuenta, por ejemplo, si la vivienda familiar es de uno solo de los progenitores o de los dos, o cómo acordar un uso limitado en el tiempo para que el progenitor no propietario busque otra vivienda.

Hay muchas variantes en cada familia, y todas hay que tenerlas en cuenta, por eso es recomendable consultar a un especialista en Derecho de Familia.

¿Qué ocurre con la vivienda familiar cuando los hijos llegan a la mayoría de edad?

Cuando los hijos alcancen la mayoría de edad hay que valorar primero lo estipulado en el Convenio Regulador.

Si no hay acuerdo hay que remitirse al artículo 96 del Código Civil y puedes pedir que se modifique la atribución del uso de la vivienda familiar.

¿Qué puede ocurrir con el uso de la vivienda familiar en caso de divorcio cuando entra a vivir una nueva pareja?

Es posible que te preguntes qué ocurriría si tú te quedaste en su día con el uso de la vivienda familiar y con el tiempo tienes una nueva pareja y vas a casarte de nuevo o decidís vivir juntos.

En estos casos hay que acudir a lo establecido por el Tribunal Supremo, que entiende que si consolidas una relación con una tercera persona formas un nuevo núcleo familiar.

Por esa razón el domicilio familiar deja de serlo, porque se ha constituido una nueva familia, y se pierde el derecho de uso de esa vivienda que se había acordado en la sentencia.

¿Qué ocurre con los hijos menores que vivían en la vivienda familiar?

Los hijos siguen gozando de la protección máxima y su derecho a una vivienda, pero teniendo en cuenta que el domicilio familiar ya no tiene ese carácter.

El Tribunal Supremo se inclina en estos casos por conceder un año al progenitor que tiene una nueva pareja para buscar otra vivienda digna y adecuada que garantice ese derecho de sus hijos.

Hay muchas opciones para estos supuestos, dependiendo de si la vivienda era de uno de los progenitores o los dos, y si hay posibilidad de un acuerdo, por eso es conveniente asesorarse con un especialista en Derecho de Familia.

Lo que el Juez suele tener en cuenta sobre el uso de la vivienda familiar en caso de divorcio

Cuando los cónyuges se llevan bien, es mucho más sencillo decidir de forma amistosa quién se queda con el uso de la vivienda familiar en caso de separación o divorcio.

Pero todos sabemos que en muchas ocasiones es imposible llegar a un acuerdo, y debe ser un Juez quien decida.

Ya sabemos que cuando hay hijos menores la prioridad es salvaguardar sus intereses y protegerlos.

Pero también hay que tener en cuenta la situación de cada uno de los progenitores, porque el Juez también valora quién de ellos necesita mayor protección.

Por ejemplo, valorará las circunstancias económicas de cada uno y si hay un desequilibrio patrimonial, de quién es la propiedad de la vivienda familiar, o si uno de ellos dispone de otra vivienda privativa.

Nuestra recomendación como abogados de derecho de familia es que siempre busques asesoramiento, porque cada familia es diferente, pero en caso de desacuerdo, es importante conocer las opciones que tienes para defender tus intereses en el divorcio.

Sea cual la duda que tengas, podemos ayudarte a recuperar tu tranquilidad.

Contacta con Fernando Fuertes Abogados  y habla conmigo en una consulta gratuita y sin compromiso. Tu abogado en Majahonda.

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